Índice
1.
AFC: Asociación de Fútbol de Cuba.
2.
ORGANO DE RELACION: El órgano de relación para nuestra asociación es
el INDER quien dirije la política deportiva por el Estado Cubano y asume el
pago de los salarios de los miembros de la AFC
3.
CFU: Unión Caribeña de Fútbol.
4.
CONCACAF: Confederación Norte, Centroamericana y del Caribe de
Fútbol.
5.
FIFA: Fédération Internationale
de Football Association.
6.
Confederación: agrupación de asociaciones reconocidas por la FIFA
y pertenecientes al mismo continente (o entidad geográfica comparable).
7.
Asociación: una asociación de fútbol reconocida por la FIFA y
miembro de esta última.
8.
Liga: una organización subordinada a una asociación.
9.
Club: una entidad que es miembro directo o indirecto de
una asociación de fútbol (que es miembro de la FIFA).
10.
Federación provincial: organización subordinada a la AFC.
11.
Jugador: todo jugador de fútbol inscrito en una asociación.
12.
Congreso: el órgano legislativo y la instancia suprema de la
AFC.
13.
Comité ejecutivo: el órgano ejecutivo de la AFC.
14.
Miembro: es una persona jurídica que ha sido admitida por el congreso
y ha adquirido la calidad de miembro.
15.
Oficiales: todo miembro de una junta
o una comisión, entrenador, árbitro, asistentes, así como cualquier otro
responsable técnico, médico o administrativo en la FIFA, en una confederación,
asociación, liga o club.
16.
Fútbol asociación: el deporte controlado por la FIFA y regido por las reglas
de juego.
17.
IFAB: el International
Football Association Board.
18.
Tribunales ordinarios: tribunales
estatales que escuchan litigios públicos y privados.
19.
Tribunal de arbitraje: tribunal de
justicia privado que actúa en lugar de un tribunal ordinario.
20.
TAS (CAS): Tribunal de Arbitraje
Deportivo, Tribunal Arbitral du Sport (Court of Arbitration for Sport) en
Lausana, Suiza.
N.B: Todos los términos que se refieren a personas físicas se aplican
indistintamente a hombres y mujeres. El uso del singular incluye también el
plural y viceversa.
1.
La AFC se fundó en 1924 y está afiliada a la FIFA, a la CONCACAF y a la CFU.
2.
La AFC es una asociación inscripta en la ley No. 54 de
Asociaciones. Es una asociación privada de naturaleza asociativa que está constituida
por una duración indeterminada.
3.
La sede de la AFC se encuentra en Ciudad de LA HABANA – Cuba en Estadio Pedro Marrero, Escuela Nacional
de Fútbol – Mario López, Ave. 41 no 4409 entre 44 y 46 Municipio Playa. Puede trasladarse solo por decisión del congreso y el órgano de relación
4.
La bandera de la AFC es de color blanco, rojo y
azul
5.
El logotipo de la AFC esta simbolizado por la Isla
de Cuba de color verde y el balon de
futbol de color rojo
6.
Las siglas de la AFC son AFC
7.
La bandera, el emblema, el logotipo y las siglas
están legalmente registrados en el registro de la propiedad intelectual de la
Academia de Ciencias de Cuba.
2.
Objetivos
Los objetivos de la AFC son:
a)
mejorar,
reglamentar y controlar constantemente el fútbol asociación y promoverlo en
todo el país sobre la base de valores humanitarios, valorando su carácter unificador,
educativo y cultural y sustentado los principios que lo rigen en Cuba, dando
crédito a los programas de desarrollo y juveniles;
b)
organizar
competencias de fútbol asociación nacionales propias en cualquiera de sus
formas considerando las diferentes edades y categorías,
definir de manera precisa, en caso
necesario, las competencias concedidas a las diversas provincias que componen
la AFC. y convertir al fútbol asociación
en el deporte más participativo de nuestro país;
c)
participar
en los calendarios competitivos que establecen la CFU, la CONCACAF, la FIFA;
d)
elaborar
reglamentos y disposiciones que garanticen la implementación de las
competencias de fútbol asociación nacionales;
e)
respetar
los estatutos, reglamentos, directrices y decisiones de la FIFA, de la
CONCACAF, de la CFU y de la AFC, así como las reglas de juego, a fin de impedir
cualquier violación, y garantizar que también sean respetados por sus miembros;
f)
impedir
que ciertos métodos o prácticas pongan en peligro la integridad de los partidos
o competencias, o se de lugar abusos en el deporte del fútbol asociación;
g)
salvaguardar
los intereses de los miembros de la AFC;
h)
controlar y supervisar todos los partidos amistosos
de fútbol asociación, en cualquiera de sus formas, que se disputen en todo el
territorio de la AFC;
i)
administrar las relaciones deportivas
internacionales en relación con el fútbol asociación en cualquiera de sus
formas;
j)
albergar competiciones internacionales y de otras
categorías.
1.
La AFC
es neutral en asuntos políticos y religiosos.
2.
La
discriminación de cualquier tipo contra un país, una federación provincial, un
individuo o grupo de personas por motivo de origen de sexo, religioso,
político, o cualquier otra razón está terminantemente prohibida y es punible
con suspensión y exclusión.
1.
La AFC
promueve las relaciones amistosas entre sus miembros, las federaciones
provinciales en particular, clubes, oficiales y jugadores y en la sociedad con
fines humanitarios.
2.
Toda
persona y organización participante en el deporte del fútbol asociación está
obligada a observar los estatutos, los reglamentos y los principios del juego
limpio (fair –play), así como los principios de lealtad, integridad y deportividad.
3.
La AFC
pondrá a disposición los medios institucionales necesarios para resolver
cualquier disputa interna que pueda surgir entre los miembros, clubes,
oficiales y jugadores de la AFC.
1.
El comité
ejecutivo de la AFC establece un reglamento sobre el estatuto y la
transferencia de los jugadores, de acuerdo con el reglamento FIFA sobre el
estatuto y la transferencia de jugadores en vigor.
2.
Los
jugadores estarán inscritos de acuerdo con la reglamentación de la AFC.
a)
La
participación de los jugadores en los torneos que organiza la AFC es
territorial; jugaran defendiendo el lugar donde nacieron y residen. Para hacer
lo contrario deben tener la autorización de su Federación Provincial.
b)
Todo jugador participante en las competencias
organizadas por la AFC deben estar vinculado al estudio o vinculo laboral.
c)
Otras
condiciones de elegibilidad aparecen en
los reglamentos de cada competencia.
1.
Todos
los miembros de la AFC juegan el fútbol asociación según las reglas de juego promulgadas
por el IFAB. Solo el IFAB puede promulgar y enmendar estas reglas.
2.
Todos
los miembros de la AFC jugarán el futsal y el fútbol playa según las reglas de
juego de futsal y las reglas de juego de fútbol playa promulgadas por el comité
ejecutivo de la FIFA.
Los órganos y oficiales deben observar los estatutos, reglamentos, directrices
y decisiones y el Código Ético de la FIFA, de la CONCACAF, de la CFU y de la AFC
en sus actividades. El consejo
elabora el Código Ético de la AFC.
1.
El idioma
oficial es el español. Los documentos y textos oficiales se escribirán en este
idioma.
2.
El
idioma oficial del congreso es el español.
1.
El congreso decidirá la admisión, la suspensión o
la exclusión de un miembro.
2.
La admisión se concederá si el solicitante cumple
los requisitos de la AFC.
3.
La calidad de miembro termina por dimisión o
exclusión. La pérdida de la calidad de miembro no exime al miembro de sus
obligaciones financieras hacia la AFC u otros miembros de la AFC, pero conlleva
la anulación de todos los derechos en relación con la AFC.
1.
Los 15 miembros
de la AFC son:
a.
Las 16 federaciones provinciales y el Municipio
Especial de la Isla de la Juventud:
i.
La federación
provincial de Pinar del Rió;
ii.
La federación
provincial de Ciudad de la Habana;
iii.
La federación
provincial deArtemisa ;
iv.
La federación provincial de Mayabeque
v.
La federación
provincial de Matanzas;
vi.
La federación
provincial de Villa Clara;
vii.
La federación
provincial de Cienfuegos;
viii.
La federación
provincial de Sancti Espíritus;
ix.
La federación
provincial de Ciego de Ávila;
x.
La federación
provincial de Camaguey;
xi.
La federación
provincial de Las Tunas;
xii.
La federación
provincial de Holguín;
xiii.
La federación
provincial de Granma;
xiv.
La federación
provincial de Santiago de Cuba;
xv.
La federación
provincial de Guantánamo;
xvi.
Municipio
Especial de la Isla de la Juventud.
2.
Toda
persona jurídica que desee convertirse en miembro de la AFC presentará una
solicitud por escrito ante la secretaría general de la AFC.
3.
La
solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de los siguientes documentos:
a) un ejemplar de sus estatutos y reglamentos
jurídicamente válidos;
b) los estatutos válidos deberán contener una declaración de que
el solicitante así como todos sus miembros, clubes, oficiales y jugadores
acatarán en todo momento los estatutos, reglamentos, directrices y decisiones
de la AFC, de la FIFA y de la CONCACAF y las reglas de juego en vigor;
d) una declaración de que reconoce al
Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) en Lausana, tal como se especifica en los
estatutos de la AFC;
e) una declaración de que se ubica y está
registrado (si se requiere legalmente) en el territorio de la AFC;
f) una declaración de que jugará todos los
partidos oficiales de casa en el territorio de la AFC;
g) una declaración a los efectos de que la
forma jurídica del solicitante garantiza que pueda tomar decisiones
independientemente de cualquier entidad externa;
h) una lista de los oficiales, en la que se
especifique quienes son las personas autorizadas para firmar y con el derecho
de contraer compromisos jurídicamente vinculantes con terceros;
i) una declaración por la cual se comprometa
a organizar o participar en partidos amistosos sólo con el previo consentimiento
de la AFC;
j) un ejemplar del acta de su último congreso
o reunión constitutiva.
4. Los
miembros actuales deberán cumplir con los requerimientos anteriores en el
periodo de un año a partir de la ratificación de este articulo.
1.
El comité ejecutivo pedirá al congreso la admisión o
el rechazo de un solicitante. El solicitante podrá explicar los motivos de su solicitud
ante el congreso.
2.
El nuevo miembro asumirá los derechos y obligaciones
de la condición de miembro en el momento en que es admitido como tal. Sus
delegados pueden ejercer el derecho de voto y ser elegidos con efecto
inmediato”
1. Los miembros tienen derecho a:
a)
participar
en el congreso, recibir el orden del día correspondiente por anticipado, ser
convocados al congreso dentro del plazo prescrito y ejercer su derecho de voto;
b)
formular
propuestas para su inclusión en el orden del día del congreso;
c)
proponer
candidatos a todos los órganos de la AFC para que sean elegidos;
d)
recibir
información de los asuntos de la AFC a través de los órganos oficiales de la
AFC;
e)
participar
en las competiciones organizadas y otras actividades deportivas organizadas por
la AFC;
f)
participar
en los programas de desarrollo que establece la AFC;
g)
ejercer
todo el derecho establecido en los estatutos de la AFC y reglamentos de la AFC.
2. El
ejercicio de estos derechos está sujeto a las reservas que se deriven de otras
disposiciones en los estatutos de la AFC y reglamentos aplicables.
1.
Los
miembros se obligan a:
a)
observar
en todo momento los estatutos y reglamentos, directrices y decisiones de la
FIFA, de la CONCACAF, de la CFU y de la AFC y garantizar que estos sean
respetados por sus miembros;
b)
garantizar
la elección de los órganos encargados de la toma de decisiones;
c)
organizar
y supervisar el futbol en su territorio, se entiende en este contexto un
organismo independiente reconocido por la institución que rige el deporte
reconociéndose a una sola federación por provincia.
d)
pagar
las cuotas de su calidad de miembros;
e)
crear
una comisión de árbitros directamente subordinada a la comisión de árbitros de
la AFC.
f)
respetar
las reglas de juego, tal como han sido establecidas por el IFAB y garantizar que éstas sean
respetadas por sus miembros mediante una disposición estatutaria;
g)
adoptar una cláusula estatutaria en la cual se
especifique que cualquier disputa que requiera arbitraje y esté relacionada con
los estatutos, reglamentos, directrices y disposiciones de FIFA, de la
CONCACAF, de la CFU, de la AFC o de las federaciones provinciales y que
involucre a la AFC y el
órgano relacion misma o a uno de sus miembros se someterá exclusivamente
a la jurisdicción del tribunal de arbitraje adecuado de FIFA, de la CONCACAF,
de la CFU o de la AFC y prohibir cualquier recurso ante los tribunales
ordinarios.
h)
comunicar a la AFC y al MINJUS cualquier enmienda en sus estatutos y
reglamentos, así como la lista de oficiales o personas que están autorizadas
para firmar y con el derecho de contraer compromisos jurídicamente vinculantes
con terceros;
i)
no mantener relaciones deportivas con entidades que
no estén reconocidas o con miembros que hayan sido suspendidos o excluidos;
j)
administrar
sus asuntos sin que se produzca injerencia de terceros en asuntos internos;
k)
cumplir
las obligaciones establecidas en el art. 10 apdo. 3 durante su afiliación;
l)
cumplir
toda obligación derivada de los estatutos y otros reglamentos de la FIFA, de la
CONCACAF, de la CFU y de la AFC.
2.
La
violación de estas obligaciones mencionadas en el apartado 1 del presente
artículo puede entrañar las sanciones previstas en los estatutos de la AFC incluso
si la injerencia de un tercero no puede imputarse al miembro.
1.
El congreso
es responsable de suspender a un miembro. El comité ejecutivo puede, no
obstante suspender con efecto inmediato a un miembro que viole grave y
reiteradamente sus obligaciones como miembro. La suspensión mantiene su
vigencia hasta el congreso siguiente, salvo que el comité ejecutivo levante la sanción
en el ínterin.
2.
La
suspensión se confirma por una mayoría de las tres cuartas partes de los votos
emitidos en el congreso siguiente. En caso contrario, se levanta la suspensión.
3.
Un
miembro suspendido pierde sus derechos como miembro. Los otros miembros no mantendrán
contacto en el plano deportivo, con el miembro suspendido. La comisión disciplinaria
puede imponer otras sanciones
4.
Se
privará de su derecho de voto en el congreso, y sus representantes no serán
elegidos ni designados, a los miembros que no participen en las actividades
deportivas de la AFC durante 2 años consecutivos, hasta que no cumplan con sus
obligaciones a este respecto.
1. El congreso puede excluir
a un miembro:
a)
si
incumple sus obligaciones financieras con la AFC;
b)
si
viola gravemente los estatutos, reglamentos, directivas y decisiones o el código
ético de la FIFA, CONCACAF, CFU y la AFC.
2. Para que una exclusión sea valida se
requiere la presencia en el congreso de la mayoría absoluta (50% + 1) de los miembros
con derecho a voto; además, la propuesta debe ser aprobada por una mayoría de tres
cuartos de los votos válidos emitidos.
1.
Un miembro de la AFC puede dimitir de la AFC, con
efecto al término del año civil. El aviso de dimisión debe llegar a la
secretaría general antes de seis meses antes del término del año civil.
2.
La dimisión será válida cuando el miembro que desea
dimitir salde sus obligaciones financieras con la AFC y otros miembros de la
AFC.
1.
Cada miembro
de la AFC administrara sus asuntos de forma independiente y sin la injerencia
de terceros.
2.
Los
órganos de un miembro se designan únicamente a través de una elección o
nombramiento interno. Los estatutos del miembro estipularán un procedimiento
electoral independiente para la elección o los nombramientos.
3.
La AFC
no reconocerá a ningún órgano de un miembro que no haya sido elegido o nombrado
de acuerdo con las disposiciones. Esta[NL1] disposición es también válida para los
órganos elegidos o nombrados con carácter interino.
4.
La AFC
no reconocerá las decisiones adoptadas por órganos que no hayan sido elegidos o
nombrados de acuerdo con el apartado 2 del presente artículo.
1.
Los
clubes, las federaciones provinciales, agrupaciones, de clubes e instituciones indirectamente
afiliadas a la AFC están subordinadas a ésta y son reconocidas por la AFC. Los
Estatutos de la AFC establecen el ámbito de competencia, los derechos y los
deberes de estos clubes, agrupaciones e
instituciones. El comité ejecutivo de la AFC debe aprobar los estatutos y los
reglamentos de estos clubes y agrupaciones.
2.
Los
clubes, agrupaciones e instituciones indirectamente afiliadas a la AFC tomarán
las decisiones que implican su afiliación a la asociación con independencia de
cualquier entidad externa. Está obligación será válida independientemente de la
estructura corporativa de la agrupación afiliada.
1.
El
congreso podrá otorgar el titulo de presidente honorario, vicepresidente
honorario o miembro honorario a cualquier antiguo miembro del comité ejecutivo de la AFC u otra
personalidad que se haya distinguido por sus servicios a favor del fútbol asociación.
2.
El CONSEJO
propondrá los candidatos.
3.
El presidente honorario, el vicepresidente honorario y
el miembro honorario podrán participar en el congreso y los debates pero no
tendrán derecho al voto.
Los órganos de la AFC serán
elegidos o nombrados por la AFC, sin ningún tipo de injerencia externa y de
acuerdo con el procedimiento descrito en los estatutos de la AFC.
1.
El congreso
es el órgano legislativo supremo.
2.
El comité
ejecutivo es el órgano ejecutivo.
3.
Las
comisiones permanentes y especiales recomiendan y asisten al Consejo en el cumplimiento de sus deberes.
Sus atribuciones se establecen en los estatutos de la AFC y en un reglamento a
tal efecto, elaborado por el comité ejecutivo.
4.
La
secretaría general es el órgano administrativo.
5.
Los órganos jurisdiccionales son la comisión disciplinaria
y la comisión de apelación.
1.
El congreso
es la asamblea a la que se convoca regularmente a todos los miembros de la AFC.
Constituye la autoridad legislativa suprema de la AFC. Solo un congreso que se
convoque con regularidad tiene el poder de tomar decisiones.
2.
Un congreso
puede ser ordinario o extraordinario.
3.
El congreso
es el que invita a los observadores. Los observadores participan en el congreso
sin derecho a debatir o votar.
El congreso tiene
las siguientes competencias:
a)
adoptar o enmendar los estatutos, el reglamento de
aplicación de los estatutos y el reglamento del congreso;
b)
nombrar 3 miembros de la AFC que verificarán el acta y aprobar el acta
de la pasada reunión;
c)
elegir el presidente, los vicepresidentes y los
miembros del comité ejecutivo;
d)
nombrar los escrutadores;
e)
aprobar las cuentas;
f)
aprobar el presupuesto;
g)
aprobar el informe de actividades del comité
ejecutivo;
h)
nombrar los auditores independientes, a propuesta
del comité ejecutivo;
i)
decidir, a propuesta del comité ejecutivo, si se
concede el título de presidente de honor, de vicepresidente de honor o de
miembro de honor;
j)
admitir, suspender o excluir a un miembro;
k)
revocar el mandato de uno o un número de miembros
de un órgano de la AFC;
l)
disolver la AFC;
m)
aprobar las decisiones a petición de un miembro, de
acuerdo con los estatutos de la AFC.
1.
El congreso está integrado por 25 delegados El número de delegados se distribuye de la
manera siguiente:
a.
por cada federación provincial 1 delegados con derecho a un voto por cada federación.
b.
por el Municipio
Especial de la Isla de la Juventud 1 delegados con derecho
a un voto en su totalidad.
2.
Los
delegados deben pertenecer al miembro de la AFC que representan y deberán ser
nombrados por el órgano competente de ese miembro de la AFC que representan. Así
mismo a solicitud deben dar prueba de su representación.
3.
Sólo los
delegados que están presentes tienen derecho a votar. No se permite el voto por
procuración o correspondencia.
4.
Durante
su mandato, los miembros del comité ejecutivo no pueden ejercer las funciones
de delegados de su federación. El comité ejecutivo y el secretario general
participarán en el congreso sin derecho al voto.
5.
El
presidente preside el congreso en conformidad con el reglamento del mismo.
El congreso podrá
tomar decisiones válidas sólo cuando esté representada la mayoría absoluta (50%
+ 1) de los miembros con derecho de voto.
Si no se obtiene
el quórum, se celebrará un segundo congreso 72 horas después del primero, con el mismo orden
del día.
No será necesario
un quórum para la segunda asamblea, salvo si un punto del orden del día prevé
la enmienda de los estatutos de la AFC, la elección del presidente y la
elección del vicepresidente y miembros del comité ejecutivo, la destitución de
uno o varios miembros de un órgano de la AFC, la exclusión de un miembro de la
AFC o la disolución de la AFC.
1.
Salvo que se estipule otra cosa en los estatutos de
la AFC, es suficiente una mayoría simple que se obtenga de los miembros con
derecho a voto para que una votación sea válida. El número de votos válidos contados establece la
mayoría simple. Se descartan las abstenciones en el cálculo de la mayoría.
2.
Una
decisión que requiera una votación se adopta a mano alzada o mediante
instrumentos electrónicos de voto. Si el voto a mano alzada no establece una
clara mayoría a favor de la propuesta, la votación se efectúa por llamamiento,
nombrando a los miembros por orden alfabético en español.
1.
Las
elecciones se celebran mediante voto secreto.
2.
Para la elección de una persona, se precisa una
mayoría absoluta (50% + 1 o sea la mitad de los miembros más uno) en la primera
vuelta. Para la segunda y las posibles vueltas necesarias, es suficiente la
mayoría simple de los votos emitidos.
3.
Si hay más de dos candidatos, se elimina después de
cada votación a quien obtiene el menor número de votos, continuando hasta que
no haya más de dos candidatos.
1.
El
congreso ordinario se celebrará anualmente.
2.
El CONSEJO fija el lugar y la fecha del congreso y
notifica esta información por escrito a los miembros al menos con tres meses de
antelación.
3.
La
convocatoria oficial se realiza por escrito al menos un mes antes del comienzo
del congreso. En esta convocatoria se incluye el orden del día, el informe de
actividades del presidente, el informe sobre las finanzas y el informe de los
auditores, así como cualquier otra documentación importante.
1.
El
secretario general elabora el orden del día sobre la base de las propuestas del
consejo comité
ejecutivo y de los miembros de la AFC. Cualquier propuesta que un miembro desee
someter al congreso deberá enviarse por escrito a la secretaría general con una
breve explicación, al menos dos meses antes de la fecha de apertura del congreso.
2.
El
orden día del congreso incluye obligatoriamente los siguientes asuntos:
a)
declaración
de que el congreso ha sido convocado y está compuesto en conformidad a los estatutos
de la AFC;
b)
aprobación
del orden día;
c)
alocución
del presidente;
d)
nombramiento
de 5 miembros encargados de verificar el acta;
e)
nombramientos
de los escrutadores;
f)
suspensión
o exclusión de un miembro (en caso necesario);
g)
aprobación
del acta del congreso precedente;
h)
informe
de las actividades del comité ejecutivo (con las actividades desde el congreso
anterior);
i)
presentación
del balance financiero consolidado y revisado y de la cuenta de pérdidas y
ganancias;
j)
aprobación
de las cuentas anuales (informe financiero);
k)
aprobación
del presupuesto;
l)
admisión
de miembros (en caso necesario);
m)
voto de
las propuestas de enmienda de los estatutos de la AFC, (en caso necesario);
n)
debate
de las propuestas sometidas por los miembros de la AFC y el comité ejecutivo
dentro del período estipulado en el apartado 1 del presente artículo (en caso
necesario);
o)
nombramiento
de auditores independientes (en caso necesario) a propuesta del consejo comité
ejecutivo;
p)
destitución
de una persona o entidad (en caso necesario);
q)
elección
del presidente, los vicepresidentes y los miembros del consejo comité ejecutivo (en caso
necesario);
r)
cualquier
otro asunto propuesto por los miembros o por el consejo de
la AFC.
4.
El
orden del día del congreso ordinario puede alterarse siempre que tres cuartas
partes de los miembros presentes en el congreso con derecho a voto concuerden
la moción pertinente.
5.
El congreso no tomará ninguna decisión sobre un
asunto que no figure en el orden del día.
1.
El comité
ejecutivo puede convocar un congreso extraordinario cuando lo considere oportuno.
2.
El comité ejecutivo convocará un congreso
extraordinario si un 30 % de los
miembros de la AFC lo solicita por escrito. En la solicitud se especificarán
los asuntos del orden del día. El congreso extraordinario se celebrará en un
plazo de tres meses tras la recepción de la solicitud. Si el congreso
extraordinario no es convocado, los miembros que solicitaron la convocatoria
podrán convocar ellos mismos el congreso. Como último recurso, los miembros
podrán solicitar la asistencia de la FIFA.
3.
Se notificará a los miembros el lugar, la fecha y
el orden del día al menos dos meses antes de la fecha de apertura del congreso
extraordinario.
4.
Cuando el congreso extraordinario se convoque por
iniciativa del comité ejecutivo, éste deberá redactar el orden del día. Cuando
el congreso extraordinario se convoque a petición de los miembros, el orden del
día deberá contener los asuntos presentados por estos últimos.
5.
En ningún caso podrá modificarse el orden del día
de un congreso extraordinario.
1. El congreso es el responsable de enmendar
los estatutos de la AFC,
2. Toda propuesta de enmienda en los
estatutos de la AFC de parte de un miembro o del comité ejecutivo se somete por
escrito a la secretaría general, con una leve explicación. La propuesta de un
miembro es válida cuando sea secundada, por escrito, por al menos otros 2
miembros.
3. Para que el voto de una enmienda en los
estatutos de la AFC sea válido, es necesario que esté presente una mayoría
absoluta de los miembros con derecho al voto (50% + 1 o sea la mitad de los
miembros más uno).
4.
Se
considera aprobada una propuesta de enmienda en los estatutos de la AFC cuando
así lo acuerden las tres cuartas partes de los miembros presentes con derecho a
voto.
1.
El
secretario general es responsable de consignar el acta del congreso.
2.
Los
miembros designados verifican el acta del congreso, la cual se aprueba
definitivamente en el siguiente congreso.
Las decisiones adoptadas por el congreso entran en vigor para los
miembros inmediatamente, salvo que el congreso establezca otra fecha para la
entrada en vigor de una decisión.
1. El
consejo está formado
por 9 miembros
a) 1 presidente;
b)
primer vicepresidente
;
c)
segundo
vicepresidente
2[NL3] . El congreso elige al presidente, al primer vicepresidente,
al segundo vicepresidente y a los miembros del comité ejecutivo para un mandato
de cuatro años en el año que sigue a la celebración de la Copa mundial de la FIFA.
Cada candidato en la elección de los miembros consejo debe ser propuesto por al
menos un miembro de la AFC.
3. La
duración del mandato de los miembros del consejo será de cuatro años y comenzará al término del
congreso en el que han sido elegido. Pueden ser reelegidos.
4.
Los
miembros del consejo
deberán ser mayores de edad, haber ejercido una actividad en relación con el
fútbol, no haber sido nunca objeto de una condena penal y deberán residir en el
territorio de la AFC.
5.
Las candidaturas deberán enviarse a la secretaría
general. La lista oficial de candidatos deberá estar en posesión de los
miembros de la AFC al mismo tiempo que el orden del día del congreso en el que
se elegirá elconsejo
.
6.
Un miembro del consejo no podrá ser al mismo tiempo miembro de
un órgano jurisdiccional de la AFC.
7.
En el
caso de que una posición quede vacante, el comité ejecutivo cubrirá el puesto
vacante hasta el congreso ordinario siguiente, en el que se elegirá a un
reemplazante para el resto del mandato.
1.
El CONSEJO se reúne al
menos 1 vez al mes.
2.
El presidente
convoca las reuniones del consejo
. Si al menos 3
miembros solicitan una reunión, el presidente deberá convocarla en un plazo de
21 días.
3.
El
presidente elabora el orden del día. Cada miembro del consejo puede proponer asuntos para el
orden del día. Los miembros del consejo
deberán someter a la secretaría general los asuntos que desean incluir
en el orden del día de la reunión, al menos 14 días antes de la sesión. El
orden del día deberá enviarse a los miembros del comité ejecutivo al menos 7
días antes de la sesión.
4.
El secretario general participará en las reuniones
del comité ejecutivo a título consultivo.
5.
Las reuniones del comité ejecutivo no serán
públicas. No obstante, el comité ejecutivo podrá invitar a terceros a asistir a
las reuniones. Los invitados no tendrán derecho de voto y sólo podrán tomar la
palabra con el consentimiento del comité ejecutivo.
1.
El consejo es el encargado
de adoptar todas las decisiones que no sean de responsabilidad del congreso o
no estén reservadas a otras instancias por la legislación vigente o los estatutos
la AFC;
2.
El consejo prepara y
convoca los congresos ordinarios y extraordinarios.
3.
El consejo nombra a los
presidentes, vicepresidentes y miembros de los órganos jurisdiccionales.
4.
El consejo nombra a los
presidentes, vicepresidentes y miembros de las comisiones permanentes.
5.
El consejo
puede decidir la creación de comisiones especiales.
6.
El consejo
adopta los reglamentos que estipulen la organización interna de la AFC de la organización de las comisiones
permanentes, de las comisiones especiales y reglamentos de competencias
7.
El consejo nombra y
destituye al secretario general según la propuesta del presidente. El
secretario general asistirá de oficio a las reuniones de todas las comisiones.
8.
El consejo propone los auditores
independientes al congreso.
9.
El consejo decide el lugar
y la fecha de las competiciones finales de los torneos de la AFC, así como el número
de equipos participantes en cada torneo.
10.
El consejo nombra a los
entrenadores de las selecciones nacionales y a otro personal técnico.
11.
El consejo garantiza la aplicación de los estatutos de la AFC y
adopta las medidas necesarias para su aplicación.
12.
El consejo puede destituir
a una persona o entidad, o suspender a un miembro de la AFC provisionalmente
hasta el siguiente congreso.
13.
El consejo puede delegar
funciones del ámbito de su competencia a otros órganos de la AFC o a terceros.
1.
El consejo sólo podrá deliberar válidamente en
presencia de 5 de sus miembros.
2.
El consejo tomará sus decisiones por mayoría simple de
los miembros presentes. En el caso de igualdad de votos, el voto del presidente
será dirimente. No se permite el voto por procuración o correspondencia
3.
Cualquier
miembro del consejo
deberá abstenerse de un debate y de tomar una decisión si existe el riesgo o la
posibilidad de un conflicto de intereses.
4.
Las
decisiones adoptadas quedarán asentadas en el acta.
5.
Las
decisiones del consejo entrarán en vigor con efecto inmediato, a menos que
el comité ejecutivo decida lo contrario.
1.
El congreso puede destituir a una persona o una
entidad. El comité ejecutivo puede incluir la destitución de una persona o una
entidad en el orden del día del congreso. El comité ejecutivo puede asimismo
destituir a una persona o una entidad provisionalmente. Cualquier miembro del comité
ejecutivo puede someter una propuesta al comité ejecutivo para incluir dicha
moción de destitución en el orden del día del comité ejecutivo o del congreso.
2.
La moción de destitución debe estar justificada. Se
enviará a los miembros junto con el orden del día.
3.
La persona o entidad en cuestión tiene el derecho a
hablar en defensa propia.
4.
Si se mantiene la moción de destitución, el congreso
o el comité ejecutivo adoptará una decisión mediante votación secreta. Para que
la moción sea aprobada, deberá contar con una mayoría de dos terceros de los
votos válidos.
5.
La persona o entidad destituida (provisionalmente)
deberá abandonar sus funciones con efecto inmediato.
1.
El
presidente representa legalmente a la AFC.
2.
Sus
responsabilidades principales son:
a)
la
ejecución de las decisiones del congreso y del comité ejecutivo por parte de la
secretaría general;
b)
asegurarse del funcionamiento eficiente de los
órganos de la AFC a fin de que estos puedan alcanzar los objetivos establecidos
en los estatutos de la AFC;
c)
la
supervisión del trabajo de la secretaría general;
d)
las
relaciones entre la AFC y sus miembros, la CFU, la CONCACAF y la FIFA, , autoridades políticas y el órgano de relacion Sólo
el presidente tiene el derecho exclusivo de proponer el nombramiento o la
destitución del secretario general al comité ejecutivo.
3.
El
presidente preside el congreso, las reuniones del comité ejecutivo y de urgencia
así como aquellas comisiones permanentes y especiales de las que ha sido
nombrado presidente.
4.
El
presidente tiene un voto ordinario en el comité ejecutivo, que es decisivo en
caso de igualdad de votos.
5.
Si el
presidente está ausente o no esta disponible, el vicepresidente con mas años de
servicio ejercerá sus funciones.
6.
Si el
presidente cesa sus funciones definitivamente o está impedido de ejercer sus
funciones oficiales, el vicepresidente con mas años de servicio lo representa
hasta el congreso siguiente. Este congreso elegirá, si es necesario a un nuevo
presidente.
7.
Otras
competencias del presidente se estipulan en el reglamento de organización interna
de la AFC.
1.
El congreso elige al presidente por un mandato de
cuatro años. Su mandato comenzará al término del congreso en el que ha sido
elegido. Un presidente puede ser reelegido.
2.
Para la elección del presidente, se precisan las
dos terceras partes de los votos emitidos y válidos en la primera vuelta. Para
la segunda y las posibles vueltas necesarias, es suficiente la mayoría absoluta
de los votos emitidos (50% + 1). Si hay más de dos candidatos, se elimina
después de cada votación a quien obtiene el menor número de votos, continuando
hasta que no haya más de dos candidatos.
3.
Sólo
los miembros pueden proponer candidatos al cargo de presidente. Los miembros deben
notificar a la secretaría general de la AFC por escrito el nombre del candidato
a la presidencia al menos dos meses antes de la fecha de apertura del congreso.
4.
La secretaría
general notifica a los miembros los nombres de los candidatos propuestos al
menos con un mes antes de la fecha de comienzo del congreso.
El presidente representa legalmente a la AFC
y tiene derecho a firmar por la AFC. El comité ejecutivo puede establecer un
reglamento de organización interna sobre la firma conjunta de oficiales, en
particular, en el caso de una ausencia del presidente y para todos los asuntos
importantes de la AFC.
1.
El
comité de urgencia se ocupa de todos los asuntos que requieran una decisión
inmediata entre dos reuniones del comité ejecutivo. Está constituido por el
presidente de la AFC y (2) dos miembros designados de entre los miembros del
comité ejecutivo y nombrados por el comité ejecutivo para un mandato de cuatro
años.
2.
Las
reuniones de este comité de urgencia son convocadas por el presidente. Si una reunión
no puede convocarse en un plazo determinado, las decisiones podrán adoptarse
mediante otros medios de comunicación.
3.
Las
decisiones se ejecutan inmediatamente. El presidente notifica al comité
ejecutivo las decisiones tomadas.
4.
Todas
las decisiones adoptadas por el comité de urgencia deben ser ratificadas por el
comité ejecutivo en su siguiente reunión.
5.
Si el
presidente no puede asistir a una reunión, el vicepresidente con mas años de
servicio ejercerá sus funciones.
6.
El
presidente tiene la potestad de nombrar al sustituto de un miembro que no pueda
asistir a la reunión. El sustituto debe ser miembro del comité ejecutivo.
1.
Las
comisiones permanentes de la AFC son:
a)
Comisión
de finanzas.
b)
Comisión
de auditoria interna.
c)
Comisión
organizadora del torneo de primera división.
d)
Comisión
organizadora del torneo de fútbol juvenil.
e)
Comisión
organizadora del torneo escolar.
f)
Comisión
organizador del fútbol femenino.
g)
Comisión
de futsal.
h)
Comisión
de arbitros.
i)
Comisión
técnica y de desarrollo.
j)
Comisión
de medicina.
k)
Comisión
del estatuto del jugador.
l)
Comisión
de asuntos legales.
m)
Comisión
de medios informativos y de historia.
n)
Comisión
de relación con las federaciones provinciales.
o)
Comisión
estratégica.
p)
Comisión
de superación.
q)
Consejo
de mercadotecnia y televisión.
2.
Los
presidentes de las comisiones permanentesserán elegidos por el Consejo de la AFC , con
excepción del presidente de la comisión de auditoría interna quienes no deberán
ser miembros del comité ejecutivo.
3.
El comité
ejecutivo nombra a los miembros de cada comisión permanente a propuesta del
presidente para un mandato de cuatro años.
4.
Cada presidente
de una comisión representa a su comisión y conduce los trabajos de acuerdo con
el reglamento pertinente.
5.
Cada
presidente de una comisión fijará las fechas de las reuniones en colaboración
con el secretario general y se asegurará de que todas las tareas se ejecutan e
informará al comité ejecutivo sobre el trabajo de la comisión
6.
Las
comisiones pueden proponer al consejo enmiendas en su reglamento específico.
1.
La
comisión de finanzas tiene la función de supervisar la gestión de los asuntos
financieros y aconsejar al comité ejecutivo sobre la gestión financiera y de
bienes. Analiza el presupuesto y las cuentas anuales de la AFC, elaboradas por
el secretario general de la AFC y las somete al comité ejecutivo para su
aprobación.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión de auditoria interna se ocupa de verificar la fiabilidad y corrección
de la contabilidad financiera, además de revisar, a instancias del comité
ejecutivo, el informe de los auditores externos.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión organizadora del torneo de primera división tiene la función de
organizar el torneo de primera división de la AFC de acuerdo con las
disposiciones del reglamento en vigor para la competición, el cuaderno de
obligaciones y las inscripciones de las diferentes federaciones provinciales para
la competición y los estatutos de la AFC.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión organizadora del fútbol juvenil tiene la función de organizar el torneo
juvenil de la AFC de acuerdo con las disposiciones del reglamento en vigor para
la competición, el cuaderno de obligaciones y las inscripciones de las
diferentes federaciones para la competición y los estatutos de la AFC. Además,
se ocupará de los asuntos generales relacionados con el fútbol juvenil.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión organizadora del fútbol escolar tiene la función de organizar el torneo
escolar de la AFC de acuerdo con las disposiciones del reglamento en vigor para
la competición, el cuaderno de obligaciones y las inscripciones de las
diferentes federaciones para la competición y los estatutos de la AFC.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión organizadora del fútbol femenino tiene la función de organizar el torneo
femenino de la AFC de acuerdo con las disposiciones del reglamento en vigor
para la competición, el cuaderno de obligaciones y las inscripciones de las
diferentes federaciones para la competición y los estatutos de la AFC.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión organizadora del futsal tiene la función de organizar el torneo futsal
de la AFC de acuerdo con las disposiciones del reglamento en vigor para la
competición, el cuaderno de obligaciones y las inscripciones de las diferentes
Federaciones para la competición y los estatutos de la AFC. Además, se ocupa de
los asuntos generales relacionados con el futsal.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión de árbitros se ocupa de supervisar la aplicación de las reglas de
juego. Nombra los árbitros y árbitros asistentes para las distintas
competiciones de la AFC de nivel nacional. Se encarga de supervisar el nivel
técnico de los árbitros (educación y entrenamiento) logrando una unificación de
criterios sustentados por las indicaciones de la comisión de árbitros de la
FIFA. Organiza el desarrollo del arbitraje y su categorización establecidos
mediante cursos nacionales.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión técnica y de desarrollo analiza los aspectos básicos de la
capacitación futbolística y del desarrollo técnico del fútbol asociación en
general con el objetivo principal de elevar el nivel de juego del fútbol asociación
cubano, para lograr resultados a escalas superiores.
a.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión de medicina se ocupa de los aspectos médicos en relación con el fútbol.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión del estatuto del jugador se ocupa fundamentalmente de supervisar el
cumplimiento del reglamento FIFA sobre el estatuto y la transferencia de
jugadores y determina el estatuto de los jugadores en diversas competiciones de
la AFC. El comité ejecutivo puede promulgar un reglamento específico que
estipule la competencia jurisdiccional de la comisión del estatuto del jugador.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
3.
Las
disputas sobre el estatuto del jugador que involucren a la AFC, a sus miembros,
jugadores, oficiales y agentes de jugadores y partidos serán tratadas por un
tribunal de arbitraje, conforme a lo estipulado en los estatutos de la AFC.
1.
La comisión
de asuntos legales se ocupa fundamentalmente de analizar asuntos legales
relacionados con el fútbol asociación, así como de la evolución de los estatutos
y reglamentos de la AFC y sus miembros.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La comisión
de medios informativos y de historia se ocupa fundamentalmente de las
condiciones de trabajo entre los representantes de los medios de información en
los actos y competencias de la AFC, además de mantener relaciones con las
organizaciones de los medios de comunicación y se encarga de recopilar los
sucesos y datos históricos del fútbol cubano.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
Se
ocupa de la relación con las federaciones provinciales.[NL4]
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La comisión
estratégica se ocupa fundamentalmente de las estrategias y estructuras globales
y de la situación política, económica y social del fútbol.
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
La
comisión de superación asegura fundamentalmente el desarrollo técnico en temas
de la capacitación futbolística velando por el nivel de actualización de todos
los factores del fútbol del país y coordina a diferentes instancias un programa
de capacitación anual en las diversas direcciones del fútbol (arbitraje y técnica).
2.
Estará
formada por un presidente, un vicepresidente y los miembros necesarios.
1.
El consejo de mercadotecnia y televisión se ocupa
de aconsejar al comité ejecutivo en lo que respecta a la elaboración e
implementación de contratos entre la AFC y sus diversos patrocinadores en
mercadotecnia y televisión, así como de analizar las estrategias
mercadotécnicas y televisivas que se han concebido.
a.
Estará formada por un presidente, un vicepresidente
y los miembros necesarios.
El comité ejecutivo podrá, en caso
necesario, crear comisiones especiales para tareas determinadas y por un
periodo limitado. El comité ejecutivo nombrará al presidente, al vicepresidente
y a los miembros. Los deberes y las funciones se definen en un reglamento
especial redactado por el comité ejecutivo. Una comisión especial rendirá sus
informes directamente al consejo
La secretaría general realizará el trabajo
administrativo de la AFC bajo la dirección del secretario general. Los miembros
de la secretaría general se someten al reglamento de organización interna de la
AFC y cumplen sus deberes de la mejor manera posible.
1.
El
secretario general es el director ejecutivo de la secretaría general.
2.
Lo
nombra el consejo a propuesta del presidente sobre la base de un contrato legal
de trabajo y deberá tener la formación profesional necesaria.
3.
El
secretario general es responsable de:
a)
implementar
las decisiones del congreso y del comité ejecutivo de acuerdo con las
directivas del presidente;
b)
asistir
al congreso y a las reuniones del comité ejecutivo, del comité de urgencia y de
las comisiones permanentes y las especiales;
c)
organizar
el congreso y las reuniones del comité ejecutivo y de otros órganos;
d)
confeccionar
las actas de las reuniones del congreso, del comité ejecutivo, del comité de
urgencia, de las comisiones permanentes y las especiales;
e)
mantener
la correspondencia de la AFC;
f)
mantener
las relaciones administrativas con los miembros y las comisiones, la FIFA, la
CONCACAF y la CFU;
g)
gestionar
adecuadamente la contabilidad de la AFC y asegurar la gestión y la buena marcha
de los asuntos financieros de la AFC;
h)
organizar
la secretaría general;
i)
contratar
y licenciar el personal de la secretaría general;
j)
proponer
el personal directivo al presidente.
4.
El
secretario general no podrá ser delegado del congreso, ni miembro de cualquier
órgano de la AFC.
1.
Los órganos jurisdiccionales de la AFC son:
a)
la comisión disciplinaria;
b)
la comisión de apelación.
2.
Las responsabilidades y funciones de estos órganos
se establecerán en el código disciplinario de AFC, el cual deberá ser conforme
al código disciplinario de la FIFA.
3.
El ejercicio de la toma de decisiones de otros
órganos no se ve afectado.
4.
Los miembros de los órganos jurisdiccionales no
pueden pertenecer simultáneamente a ningún otro órgano de la AFC.
1.
La comisión disciplinaria estará formada por un
presidente, un vicepresidente y el número de miembros que se estime necesario.
El presidente deberá tener formación jurídica.
2.
El procedimiento de este órgano se establecerá en
el código disciplinario de la AFC. La comisión sólo tomará decisiones en
presencia de al menos tres miembros. En algunos casos, el presidente puede
tomar ciertas decisiones por sí mismo, de acuerdo con el código disciplinario
de la AFC.
3.
La comisión podrá imponer las sanciones descritas
en estos estatutos y en el código disciplinario de la AFC a los miembros, los
oficiales, los jugadores, los clubes, los agentes de jugadores y a los agentes
de partidos.
4.
Se reserva la competencia disciplinaria del congreso
y del comité ejecutivo para pronunciar suspensiones y exclusiones de miembros.
1.
La comisión de apelación estará formada por un
presidente, un vicepresidente y el número de miembros que se estime necesario.
El presidente y el vicepresidente deberán tener formación jurídica.
2.
El procedimiento de este órgano se establecerá en
el código disciplinario de la AFC. La comisión sólo tomará decisiones en
presencia de al menos tres miembros. En algunos casos, el presidente puede
tomar ciertas decisiones por sí mismo, de acuerdo con el código disciplinario
de la AFC.
3.
La comisión de apelación es competente para tratar
las decisiones de la comisión disciplinaria que los reglamentos no establezcan
como definitivas.
1.
Las
principales medidas disciplinarias a personas físicas y jurídicas son:
a)
advertencia;
b)
reprensión;
2.
Las principales medidas disciplinarias a personas
físicas son:
a)
amonestación;
b)
expulsión;
c)
suspensión por partidos;
d)
prohibición de acceso a vestuarios o de situarse en
el banco de sustitutos;
e)
prohibición de acceso a estadios;
f)
prohibición de ejercer cualquier actividad
relacionada en el fútbol.
3.
Las principales medidas disciplinarias a personas
jurídicas son:
a)
jugar a puerta cerrada;
b)
jugar en terreno neutral;
c)
prohibición de jugar en un estadio determinado;
d)
anulación del resultado de un partido;
e)
exclusión;
f)
pérdida del partido por retirada o renuncia;
g)
deducción de puntos;
h)
descenso a la categoría inferior.
4.
El consejo promulga el código disciplinario de la AFC.
La AFC establecerá
un tribunal de arbitraje que se ocupe de las disputas nacionales internas entre
la AFC, sus miembros, los jugadores, los oficiales, los agentes de partidos y
los agentes de jugadores que estén fuera de la jurisdicción de sus órganos
jurisdiccionales. El comité ejecutivo redactará un reglamento especial sobre la
composición, jurisdicción y procedimiento de este tribunal de arbitraje.
1.
La AFC, sus miembros, los jugadores, los oficiales,
los agentes de partidos y los agentes de jugadores no llevarán una disputa a
los tribunales ordinarios, a menos que se establezca expresamente en los estatutos
de la AFC y en la reglamentación de la FIFA. Cualquier desacuerdo se someterá a
la jurisdicción de la FIFA, de la CONCACAF, de la CFU o de la AFC.
2.
La AFC tendrá la jurisdicción de disputas
nacionales internas, es decir, disputas entre partes afiliadas a la AFC. La
FIFA tendrá la jurisdicción de disputas internacionales, es decir, disputas
entre partes de distintas asociaciones o confederaciones.
1.
En conformidad con los artículos respectivos los estatutos
de la FIFA, cualquier recurso contra una decisión definitiva y vinculante de la
FIFA se someterá al TAS en Lausana, Suiza. No obstante, el TAS no escuchará
recursos de violaciones a las reglas de juego, suspensiones de hasta cuatro
partidos o de hasta tres meses, o decisiones adoptadas por un tribunal de
arbitraje debidamente constituido de una asociación o una confederación
2.
La AFC se asegurará del cumplimiento cabal por
parte de sus miembros, jugadores, oficiales, agentes de jugadores y agentes de
partidos de cualquier decisión definitiva adoptada por un órgano de la FIFA o
por el TAS.
1.
El ejercicio financiero de la AFC será del año
fiscal y comenzara a partir del 1ero de enero al 31 de diciembre
2.
Los ingresos y gastos de la AFC se gestionan de tal
manera que estén equilibrados durante el ejercicio financiero. La
responsabilidad principal de la AFC es garantizar su futuro mediante la
creación de reservas.
3.
El secretario general es responsable de elaborar
las cuentas anuales consolidadas de la AFC el 31 de diciembre
Los ingresos de la AFC provienen en particular
de:
a) los
ingresos generados por los derechos de mercadotecnia, a los cuales la AFC tiene
derecho;
b) las
multas impuestas por los órganos competentes;
c) otras
subvenciones e ingresos en relación con los objetivos que persigue la AFC.
La AFC asume:
a) los
gastos previstos en el presupuesto;
b) los
gastos aprobados por el congreso y los gastos que el comité ejecutivo tiene
derecho a efectuar dentro del ámbito de su competencia;
c) otros
gastos en relación con los objetivos que la AFC persigue.
Auditores independientes nombrados por el congreso
revisarán las cuentas aprobadas por la comisión de finanzas, de acuerdo con los
principios adecuados de contabilidad, y presentarán un informe al congreso. Se
nombrará a los auditores por un periodo de un año. Este mandato puede
renovarse.
1.
La AFC organiza y coordina las siguientes
competiciones oficiales en su territorio:
a)
el torneo de primera división;
b)
el torneo de fútbol juvenil;
c)
el torneo escolar;
d)
el torneo femenino;
e)
el torneo futsal;
f)
el torneo futbol playa
2.
El comité
ejecutivo es responsable de promulgar reglamentos para la organización de torneos
y competencias nacionales. El comité ejecutivo puede promulgar otras
disposiciones técnicas.
3.
El comité ejecutivo puede delegar a las federaciones
provinciales de la AFC la competencia para organizar competiciones. Las
competiciones organizadas por las federaciones provinciales no interferirán con
las competiciones organizadas por la AFC. Las competiciones organizadas por la
AFC gozarán de prioridad.
4.
El comité ejecutivo puede promulgar un reglamento
específico a tal efecto.
El comité ejecutivo elabora un calendario nacional de partidos,
vinculado con los calendarios internacionales de la CFU, de la CONCACAF y de la
FIFA.
El comité ejecutivo a través de sus comisiones organizadoras de torneos
establece los lugares de las competiciones organizadas por la AFC. Por regla
general no se pueden disputar dos torneos consecutivos en una misma provincia.
El comité ejecutivo promulga las directrices pertinentes.
El comité ejecutivo
de la AFC establecerá un reglamento sobre el sistema de licencias para clubes
que estipule la participación de los clubes en las competiciones de la AFC.
1.
La AFC y sus miembros son los propietarios
primigenios de todos los derechos que emanan de las competiciones y otros actos
que se realizan en su jurisdicción, sin ningún tipo de restricción respecto al
contenido, el tiempo, el lugar y los aspectos técnicos y legales. Estos
derechos comprenden, entre otros, toda clase de derechos de orden financiero,
grabaciones audiovisuales y de radio, derechos de reproducción y transmisión,
derechos de multimedia, derechos mercadotécnicos y promocionales y derechos
incorpóreos, como emblemas y derechos que emanen del derecho de propiedad
intelectual (©).
2.
El comité ejecutivo decidirá cómo y en qué medida
se utilizarán estos derechos y elaborará una reglamentación especial a tal
efecto. El comité ejecutivo decidirá por sí solo si ejerce exclusivamente estos
derechos, o si lo hace conjuntamente con terceros o a través de terceros.
La AFC y sus
miembros tienen la responsabilidad exclusiva de autorizar la distribución de
imágenes, sonidos y otros datos de partidos de fútbol y actos bajo su
jurisdicción, sin ningún tipo de restricción respecto al contenido, tiempo,
lugar y aspectos técnicos y legales
1.
La competencia de organizar partidos
internacionales y competiciones entre equipos representativos de las
asociaciones y entre equipos de ligas o clubes es exclusivamente de la FIFA. No
se podrá disputar partidos o competiciones sin la autorización previa del comité
ejecutivo de la FIFA. Adicionalmente, podrá requerirse el consentimiento previo
de la confederación, de acuerdo con los reglamentos de la FIFA.
2.
La AFC se obliga a cumplir con el calendario
internacional de partidos establecido por la FIFA.
La AFC no disputará
partidos o establecerá relaciones deportivas con asociaciones que no sean
miembros de la FIFA o con miembros provisionales de una confederación sin la
aprobación previa de la FIFA.
Los clubes, las federaciones provinciales o
cualquier otra agrupación de clubes afiliados directa o indirectamente a la AFC
no pueden pertenecer a otra asociación ni participar en competiciones en el
territorio de otra asociación, salvo en circunstancias excepcionales, sin la
autorización de la AFC, la de la posible asociación y la de la FIFA.
El comité ejecutivo resuelve en última instancia todo caso no previsto
en los estatutos de la AFC o los casos de fuerza mayor.
1.
Toda decisión relacionada con la disolución de la
AFC requiere una mayoría de ¾ partes de todos los miembros de la AFC durante un
congreso especialmente convocado a tal efecto.
2.
Si la AFC se disuelve, su patrimonio será
transferido al comité olimpico cubano. Este patrimonio se mantendrá en
fideicomiso como “bonus pater familiae” hasta la reconstitución de la AFC. No
obstante, el congreso final podrá escoger otro destinatario del patrimonio
sobre la base de una mayoría de ¾ partes de los miembros.
Los presentes estatutos de la AFC fueron aprobados por el congreso ordinario
celebrado el día 11 de diciembre del 2010 en La Habana y entran en vigor el 12 de diciembre del 2010
[lugar y fecha]
Por el comité ejecutivo de la AFC
El presidente uís Hernández
Herez Luis Enrique Yero
Rodriguez
[NL1]Para completar. El artículo modelo para este
artículo ha sido el art. 17 de los estatutos de la FIFA.
[NL2]Cada miembro del
comité ejecutivo representará a la AFC en su función de miembro del comité
ejecutivo. Por consiguiente, los miembros del comité ejecutivo no deberían ser
enviados por los miembros de la AFC. Los miembros de la AFC ya están
representados en el congreso. Por motivos democráticos, cada miembro del comité
ejecutivo necesita el apoyo o sea la elección por parte del congreso o sea por
parte de todos los miembros de la AFC.
[NL3]El presidente, el vicepresidente y los demás
miembros del comité ejecutivo serán elegidos en el mismo congreso: primero el
presidente, segundo el vicepresidente y tercero los demás miembros. Sus
mandatos empiezan y terminan en el mismo momento.
[NL4]Las federaciones
provinciales son miembros de la AFC y personas jurídicas independientes. La AFC
no puede intervenir en sus asuntos internos.
[NL5]Le pedimos que se
aseguren de que las competencias de la comisión de superación sean bien
distintas de las competencias de la comisión de arbitraje y de la comisión
técnica y de desarrollo.
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